No afecta a docentes estatales resolución de SCJN que pensiones se coticen en UMAs: Mario Hernández

  • Ley del IPE basa el incremento de las pensiones en el sueldo de cotización del trabajador y de acuerdo a un estudio actuarial que se realiza de antemano, señala. 

     

    Irineo Pérez Melo.- La resolución emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) relacionada con el tope máximo de la pensión jubilatoria otorgada por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) debe cuantificarse en la unidad y de Medida y Actualización (UMA), en lugar de salarios mínimos, no afecta a los trabajadores de la educación originalmente estatales. 

    En un comunicado emitido por la Sección 56 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), difundido en sus redes sociales para conocimiento de sus agremiados, señala que la resolución emitida por la Corte no les afecta porque la Ley 287 del Instituto de Pensiones del Estado establece que el incremento de las pensiones se basa en su sueldo de cotización, y de acuerdo a un estudio actuarial a que se refiere dicha ley y que está establecido en sus artículos 3° y 112, respectivamente. 

    “Queda claro que la UMA no se aplica, no la contempla la Ley 287 del Instituto de Pensiones del Estado, para calcular el monto de las pensiones ni para el incremento anual de las mismas”, refiere el comunicado, signado por Mario Hernández Sánchez, secretario general de esta organización magisterial. 

    Como se informó en su oportunidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó el pasado miércoles que el máximo tope de la pensión jubilatoria otorgada por el ISSSTE, debe cuantificarse con base en UMAs, con lo que modificó la disposición legal del décimo transitorio de la Ley del ISSSTE de calcular las pensiones en salarios mínimos. 

    En ese tenor, el Comité Ejecutivo Nacional del SNTE informó que “estamos preparando los recursos legales para promover ante la Comisión Interamericana y demás organismos internacionales del Trabajo, en contra de esta resolución que a todas luces viola los derechos humanos y laborales de los compañeros jubilados del SNTE”. 

    Se recuerda, además, que el Comité Ejecutivo Nacional del SNTE, ya demandó una reforma al sistema de pensiones del magisterio federal y federalizado que garantice pensiones dignas para los trabajadores afiliados al ISSSTE. 

Finalmente, se exhorta a los agremiados a permanecer unidos para defender, de cualquier intento futuro que pretenda vulnerarlo, nuestro sistema pensionario, intergeneracional, de reparto y beneficios definidos.